El ABC del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras

Las personas físicas y morales extranjeras que realicen actos de comercio en México, sociedades mexicanas con inversión extranjera en su capital social y fideicomisos que otorguen derechos a favor de la inversión extranjera deben inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. ​

La inversión extranjera directa construye un interés duradero con fines económicos o empresariales a largo plazo por parte de un inversionista extranjero en el país receptor, es un factor muy relevante para el desarrollo, generación de empleo, incremento de ahorros, captación de divisas, estimulación de la competencia, incentivar nuevas tecnologías e impulsar exportaciones, lo anterior resultando en un impacto positivo en el ambiente productivo y competitivo de un país.

En los últimos años, la competitividad de México se ha visto afectada por el aumento del crimen organizado, la falta de reformas en el sector energético y las regulaciones fiscales, así como la corrupción y la ineficiencia administrativa. En nuestro caso, la liberalización de los sectores de energía y telecomunicaciones han atraído la inversión extranjera, además de contar con un gran mercado interno, una posición geográfica estratégica y una economía diversificada, sin embargo, los riesgos de seguridad han impactado el ambiente de los negocios. Ocupamos el puesto 60 de 190 economías en el ranking Doing Business 2020 del Banco Mundial, con una diferencia de 6 puestos más abajo que el año anterior. 

La RNIE forma parte de la Dirección General de Inversión Extranjera, quien se encarga de emitir resoluciones administrativas bajo la Ley de Inversión Extranjera; elaborar y publicar estadísticas sobre el comportamiento de la IED en el territorio nacional; fungir como Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras; representar a México ante los foros internacionales de inversión; coadyuvar en la promoción y atracción de inversiones; difundir información y estudios sobre el clima de inversión en el país e instrumentar lineamientos de política pública en materia de IED.

La razón de la existencia del RNIE radica en obtener información confidencial y agruparla, elaborando estadísticas confiables y oportunas bajo estándares internacionales sobre el comportamiento de los flujos de IED en México.

Por lo anterior, es importante realizar el registro puntual en este organismo, a continuación, vamos a profundizar en los trámites que se pueden realizar para ello. 

¿Cuáles son los trámites que se pueden realizar ante el RNIE?

  • Solicitud de inscripción
  • Notificar modificaciones a la información previamente proporcionada al RNIE
  • Informar trimestralmente sobre ingresos y egresos
  • Presentar un Informe Económico Anual
  • Solicitud de cancelación de inscripción
  • Avisos de fedatarios públicos

¿Debo asistir personalmente a registrarme o puedo hacerlo vía electrónica?

Es posible realizar el registro de manera presencial, sin embargo y por el momento, únicamente se atienden los trámites vía electrónica a través de la página: https://rnie.economia.gob.mx

Cuando la modalidad presencial de este trámite sea requerida, puede acudir cualquier persona, siempre y cuando los formatos estén firmados por el representante legal.

¿Quiénes deben inscribirse al registro?

Sección I.- Las personas físicas o morales extranjeras y mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional realicen habitualmente actos de comercio en la República Mexicana.

Sección II.- Las sociedades mexicanas que ingresen inversión extranjera o inversión neutra en el capital social.

Sección III.- En el caso de contratos de fideicomisos de acciones o partes sociales, de bienes inmuebles o de inversión neutra, por virtud de los cuales se deriven derechos en favor de la inversión extranjera o de mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.

*Esta estructura se encuentra fundamentada en el Artículo 31 de la Ley de Inversión Extranjera y el Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.

¿Cuándo debe presentarse esta solicitud de inscripción?

Dentro de los 40 días hábiles siguientes al inicio de operaciones en territorio nacional; inicio de la participación de la inversión extranjera o neutra en capital social; o de la constitución del fideicomiso por el cual deriven derechos en favor de la inversión extranjera.

¿Este trámite tiene algún costo?

No, el trámite es gratuito, en caso de que la presentación exceda el plazo establecido, los sujetos obligados serán acreedores a una sanción que va de 30 a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA) diarias.

¿Qué es el Aviso de Actualización Trimestral y cuando se debe presentar?

Este Aviso es una actualización sobre movimientos relevantes para el RNIE.

Respecto a las Secciones I y II, se debe presentar cuando existan modificaciones en:

  •  Nombre, denominación o razón social.
  • Domicilio fiscal.
  •  Actividad económica.

      En la Sección I, cuando existan variaciones superiores a veinte millones de pesos en las siguientes cuentas:

  •  Activo. Cuentas por cobrar a residentes en el exterior que formen parte del mismo grupo corporativo.
  •  Pasivo. Cuentas por pagar a residentes en el exterior que formen parte del mismo grupo corporativo.
  • Capital Contable. Aportaciones de la matriz,
  • Capital Contable. Reservas de capital o resultado de ejercicios anteriores.

       En la Sección II, cuando existan variaciones superiores a veinte millones de pesos en las siguientes cuentas:

  • Capital Social y/o estructura accionaria que impliquen un cambio en la participación en el capital social de personas físicas o morales extranjeras.
  • Activo. Cuentas por cobrar a Subsidiarias residentes en el exterior, Socios o Accionistas residentes en el exterior y/o Empresas residentes en el exterior que sean parte del grupo corporativo y que no participen como socios o accionistas.
  • Pasivo. Cuentas por pagar a Subsidiarias residentes en el exterior, Socios o Accionistas residentes en el exterior y/o Empresas residentes en el exterior que sean parte del grupo corporativo y que no participen como socios o accionistas.
  • Capital Contable. Aportaciones para futuros aumentos de capital social.
  • Capital Contable. Reservas de capital social o Resultado de ejercicios anteriores.
¿Cuándo debe presentarse el Aviso de Actualización Trimestral?

Dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre.

¿Qué es el Informe Económico Anual y cuando se debe presentar?

Este Informe es una actualización sobre movimientos relevantes para el RNIE.

Cuando alguna de las siguientes cuentas sea mayor a ciento diez millones de pesos ($110’000,000.00):

  • Activo total inicial,
  • Activo total final,
  • Pasivo total inicial,
  • Pasivo total final,
  • Ingresos en el país y en el exterior o Costos y gastos en el país y en el exterior
      ¿Cuándo debe presentarse el Informe Económico Anual?

        De acuerdo con la primera letra del nombre, denominación o razón social:

  • De la “A” a la “J”, durante abril; y
  • De la “K” a la “Z”, durante mayo.
  • Si el nombre, denominación o razón social inicia con número o algún otro carácter deberá presentarse durante mayo.
¿Qué es el Aviso de Modificación (Sección III) y cuando se debe presentar?

Este Aviso es una actualización sobre movimientos relevantes para el RNIE.

Se debe realizar cuando existan modificaciones a la materia del fideicomiso y/o la fiduciaria; y/o, en los fideicomisarios; ésta última siempre que existan cambios en la contraprestación superiores, en valor absoluto, a veinte millones de pesos.

¿Cuándo debe presentarse el Aviso de Modificación (Sección III)?

Dentro de los 40 días hábiles siguientes a la fecha de modificación.

¿Cuándo debe presentarse la solicitud de Cancelación?

La misma debe realizarse dentro de los 40 días hábiles siguientes a la fecha de cancelación, en los siguientes casos:

  •  En Sección I, cuando finalicen los actos de comercio en la República Mexicana.
  • En Sección II, cuando deje de participar la inversión neutra en el capital social y cuando deje de participar la Inversión Extranjera.
  •  En Sección III, cuando se extingan los derechos en favor de la inversión extranjera.
¿Cuándo se debe presentar el Aviso de Fedatario?

Siempre que los Fedatarios Públicos autoricen un instrumento público donde intervengan por sí o representadas, las personas obligadas a inscribirse en el Registro, y éstas no hayan acreditado su inscripción al citado Registro.

¿Es posible consultar un expediente?

Si, sólo podrán consultar los expedientes que obren en el Registro quienes acrediten su personalidad o el carácter de apoderado de los sujetos inscritos.

¿Cuándo puedo consultarlo?

Dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de presentación.

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